12/12/2007
El 75% de los españoles tiene conexión de banda ancha
11/12/2007 | Diario Digital La vanguardia
Madrid. (EFE).- Tres de cada cuatro hogares se conecta a internet a través de banda ancha lo que sitúa a España trece puntos porcentuales por encima del promedio de la Unión Europea con esta tecnología, gracias a la cual se superarán los ocho millones de conexiones este año y se llegará al 96 por ciento de la población.
Son algunas de las conclusiones del octavo informe 'La Sociedad de la Información en España 2007' elaborado por la Fundación Telefónica y presentado hoy por su presidente, César Alierta, y su vicepresidente, Javier Nadal, ante la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega y representantes del sector.
Seguir leyendo la noticia en
http://www.lavanguardia.es/lv24h/20071211/53416913631.html
Derecho Educativo de los menores
Estamos en presencia de un fallo del Derecho Educativo de los menores y la objeción de conciencia de sus padres sobre la asignatura Educación para la Ciudadanía.Derechos fundamentales
"Los cinco autos dictados por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), en los que se permite que otros tantos alumnos asturianos de Tercero de ESO no asistan a las clases de Educación para la Ciudadanía hasta que no se resuelva la objeción de conciencia que presentaron sus padres contra la asignatura, han caído como una losa sobre la Consejería de Educación y Ciencia del Principado. El consejero, José Luis Iglesias Riopedre, anunció ayer que presentará un recurso de súplica contra la decisión del Tribunal y aseguró que el fallo «lesiona gravemente el derecho de libertad de educación de los menores» y que puede causar «daños irreparables para una Administración que cumple escrupulosamente la ley». Según el Foro de la Familia, 38 familias asturianas han abierto ya la vía judicial contra esta materia, incluida este curso en el currículum de la ESO, al presentar un recurso contencioso-administrativo ante el TSJA después de que la Consejería les advirtiese, a través de una resolución, que la asistencia a clase era obligatoria. De ellas, siete han recibido respuesta del alto tribunal asturiano: estas cinco estimatorias y otras dos que desestiman su petición, ya que, según Benigno Blanco, presidente del Foro Español de la Familia, «la consideran extemporánea, porque a los alumnos que han planteado la objeción no les corresponde cursar la asignatura este año». Las cifras de Riopedre difieren de las de esta asociación. Según el Consejero, los alumnos objetores de Tercero son 33 y cuatro los autos del TSJA que les dan la razón. Todos ellos acuden a clase con normalidad, según le ha hecho saber la Inspección.
Riopedre sí coincidió con el presidente del Principado, Vicente Álvarez Areces. Los dos explicaron que el fallo judicial no entra «en el fondo de la cuestión», que es «poner en duda la misma ley». «Es algo que se está produciendo en Asturias pero que va más allá», apuntó el responsable de Educación del Gobierno regional. «Si la sentencia es desfavorable respecto al fondo de la materia actuaríamos conjuntamente con el Ministerio para interponer el recurso. En el sistema jurídico español no existen precedentes de objeción de conciencia en el ámbito educativo», advirtió el Consejero.
Iglesias Riopedre explicó además que, si finalmente la sentencia es contraria a los objetivos de la Consejería, se darían ciertas particularidades en el expediente de los alumnos, ya que no contaría con todas las asignaturas obligatorias para superar el ciclo. «¿Qué haríamos entonces con el título de Bachiller o de la ESO?», se preguntó. Alertó también de que esa sentencia puede dar lugar a una situación «rocambolesca» en otras asignaturas. «¿Qué pasaría si ahora unos padres decidiesen que su hijo no estudie Ciencias Naturales porque se da la evolución y ellos defienden el creacionismo? Estamos entrando en un tema muy delicado pero en el que hay que tener en cuenta el derecho educativo de los menores», indicó.
Ampliar en :
http://www.lne.es/secciones/noticia.jsp?pRef=1849_46_586883__SociedadyCultura-Riopedre-fallo-TSJA-sobre-Ciudadania-puede-causar-Principado-irreparables
Saludos y los invitó a opinar
Luis García Leiva
12/11/2007
Derecho Educativo Internacional
El Derecho Humano Fundamental y Social a la Educación ,fue incluido en el Artículo 26 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos por la ONU el 10 de diciembre de 1948.
Dicho artículo expresa :
1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos; y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.”
Las Naciones Iberoamericanas han incluido este texto del Derecho Educativo Internacional, en sus leyes de Educación, enriqueciendo de esta manera el Derecho Educativo de cada país.
El Derecho a la Educación y su correlato enseñar y aprender, es un derecho de los denominados de Segunda Generación.
En la República Argentina rige en estos momentos la Ley de Educación Nacional 26.206.Transcribimos a continuación parte de su articulado relacionado con el artículo 26 citado.
ARTÍCULO 1°.- La presente ley regula el ejercicio del derecho de enseñar y
aprender consagrado por el artículo 14 de la Constitución Nacional y los tratados
internacionales incorporados a ella, conforme con las atribuciones conferidas al
Honorable Congreso de la Nación en el artículo 75, incisos 17,18 y 19, y de
acuerdo con los principios que allí se establecen y los que en esta ley se
determinan.
ARTÍCULO 2°.- La educación y el conocimiento son un bien público y un derecho personal y social, garantizados por el Estado.
ARTÍCULO 3°.- La educación es una prioridad nacional y se constituye en política de Estado para construir una sociedad justa, reafirmar la soberanía e identidad nacional, profundizar el ejercicio de la ciudadanía democrática, respetar los derechos humanos y libertades fundamentales y fortalecer el desarrollo económico-social de la Nación.
ARTÍCULO 4°.- El Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires tienen la responsabilidad principal e indelegable de proveer una
educación integral, permanente y de calidad para todos/as los/as habitantes de la
Nación, garantizando la igualdad, gratuidad y equidad en el ejercicio de este
derecho, con la participación de las organizaciones sociales y las familias.
ARTÍCULO 5°.- El Estado Nacional fija la política educativa y controla su
cumplimiento con la finalidad de consolidar la unidad nacional, respetando las
particularidades provinciales y locales.
ARTÍCULO 6°.- El Estado garantiza el ejercicio del derecho constitucional de
enseñar y aprender. Son responsables de las acciones educativas el Estado
Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los términos
fijados por el artículo 4° de esta ley; los municipios, las confesiones religiosas
reconocidas oficialmente y las organizaciones de la sociedad; y la familia, como
agente natural y primario.
ARTÍCULO 7°.- El Estado garantiza el acceso de todos/as los/as ciudadanos/as a a información y al conocimiento como instrumentos centrales de la participación en un proceso de desarrollo con crecimiento económico y justicia social.
ARTÍCULO 8°.- La educación brindará las oportunidades necesarias para
desarrollar y fortalecer la formación integral de las personas a lo largo de toda la
vida y promover en cada educando/a la capacidad de definir su proyecto de vida,
basado en los valores de libertad, paz, solidaridad, igualdad, respeto a la
diversidad, justicia, responsabilidad y bien común.
Se puede consultar la mencinada Ley en : www.me.gov.ar/doc_pdf/ley_de_educ_nac.pdf.
un cordial saludo a todos-as.
Luis García Leiva
12/10/2007
Declaración Universal de Derechos Humanos.10 de Diciembre, un nuevo aniversario
10 de Diciembre, un nuevo aniversario de su proclamación.
Derecho Educativo Internacional
Dicha Declaración es adoptada y proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolución 217 A (III), de 10 de diciembre de 1948.
Transcribimos sus primeros tres artículos :
Artículo 1
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
Artículo 2
Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.
Artículo 3
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Completa se la puede leer en http://www.un.org/spanish/aboutun/hrights.htm
....
Sobre el Derecho Humano Fundamental y Social a la Educación se transcribe el Artículo 26 de la mencionada Declaración
1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos; y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.”
Las Naciones Iberoamericanas han incluido este texto del Derecho Educativo Internacional, en sus leyes de Educación, es decir que lo han incorporado al Derecho Educativo de cada país.
Es un derecho de los denominados de Segunda Generación.
En la República Argentina rige en estos momentos la Ley de Educación Nacional 26.206.
Se la puede consultar este blogs y en : www.me.gov.ar/doc_pdf/ley_de_educ_nac.pdf
8/17/2007
San Martin.Héroe Nacional.
Don José Francisco de San Martín , Padre de la Patria, héroe nacional de la Argentina y Libertador DÍA DEL PADRE DE LA PATRIA.
de Chile y de Perú .
Rindo mi humilde homenaje a este hijo de Yapeyú, una de las Misiones Jesuitas de Corrientes Argentina.
A tal efecto envío este himno en su honor para compartir entre todos :
Himno al General San Martín
Yerga el Ande su cumbre más alta,
dé la mar el metal de su voz y
entre cielos y nieves eternas
se alza el trono del Libertador
Suenen claras trompetas de gloria y
levanten un himno triunfal,
que la luz de la historia agiganta
la figura del Gran Capitán.
De las tierras del Plata a Mendoza,
de Santiago a la Lima gentil
fue sembrando en la ruta laureles
a su paso triunfal, San Martín.
San Martín, el señor de la guerra,
por secreto designio de Dios,
grande fue cuando el sol lo alumbraba y
más grande en la puesta del sol.
¡Padre augusto del pueblo argentino,
héroe magno de la libertad!
A tu sombra la patria se agranda en virtud,
en trabajo y en paz.
¡San Martín! ¡San Martín!
Que tu nombre honra y
prez de los pueblos del sur
aseguren por siempre los rumbos
de la patria que alumbra tu luz.
(Música: Arturo Luzzatti - Letra: Segundo M. Argarañáz)
6/06/2007
¿Guerra en el ciberespacio ?
La OTAN redefine el concepto de defensa tras los ataques contra las redes de Internet de Estonia
24/05/2007 Actualizada a las 13:29 La Vanguardia.
Bruselas. (EFE).- La OTAN considera que los ataques contra las redes de Internet de Estonia demuestran que el concepto de la defensa ha cambiado profundamente en los últimos años para incluir nuevos frentes como el llamado ciberespacio.
"Los ataques muestran que la defensa debe entenderse en el contexto del siglo XXI, ya no es solo artillería y tanques", dijo hoy el portavoz de la Alianza Atlántica, James Appathurai. Añadió que Estonia pidió y obtuvo de la OTAN "apoyo político y técnico", este último con el envío de un experto del centro de respuesta a incidentes informáticos de la Alianza Atlántica, quien regresó hace casi dos semanas.Además, EE.UU. y otros países de la Alianza han enviado también expertos al país báltico.
Sin embargo, Appathurai aseguró que Estonia no ha invocado el artículo 5 de la organización, que establece la solidaridad mutua en caso de que se produzca un "ataque armado" contra un miembro de la Alianza.Estonia tampoco ha sugerido que ese artículo se modifique para incluir ataques no armados, dijo el portavoz.
El presidente estonio, Hendrik Ilves, habló al principio de la crisis con el secretario general aliado, Jaap de Hoop Scheffer, quien el día 14 se reunió en la sede de la organización con el ministro de Defensa de ese país, Jaak Aaviksoo. El ministro estonio presentó al responsable de la OTAN un gráfico con el volumen y la amplitud de los ataques sufridos. "Esos ataques continúan, con altibajos, pero no han parado", recalcó Appathurai, quien sin embargo evitó entrar en la procedencia de los sabotajes cibernéticos que sufre Estonia, desde donde se ha acusado a Rusia.El portavoz recordó que la cumbre de la OTAN de Riga acordó en noviembre pasado poner en marcha un sistema de defensa del ciberespacio, aunque los militares aliados ya tenían desde hace tiempo un mecanismo para proteger los sistemas de información en las operaciones militares.
El sabotaje a algunas redes públicas y privadas de internet estonias comenzó tras el traslado del monumento a los soldados soviéticos muertos durante la Segunda Guerra Mundial, que generó incidentes en Estonia y en torno a la embajada de ese país en Moscú.
ampliar en La Vanguardia ,en:http://www.lavanguardia.es/lv24h/20070524/51352356951.html
5/21/2007
Dia mundial de la Diversidad cultural. 21 de mayo...
Declaración universal de la UNESCO sobre la diversidad cultural
La Conferencia General,
Reafirmando su adhesión a la plena realización de los derechos humanos y de las libertades fundamentales proclamadas en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en otros instrumentos universalmente reconocidos, como los dos Pactos Internacionales de 1966 relativos uno a los derechos civiles y políticos y el otro a los derechos económicos, sociales y culturales,
Recordando que en el Preámbulo de la Constitución de la UNESCO se afirma “(...) que la amplia difusión de la cultura y la educación de la humanidad para la justicia, la libertad y la paz son indispensables a la dignidad del hombre y constituyen un deber sagrado que todas las naciones han de cumplir con un espíritu de responsabilidad y de ayuda mutua”,
Recordando también su Artículo primero que asigna a la UNESCO, entre otros objetivos, el de recomendar “los acuerdos internacionales que estime convenientes para facilitar la libre circulación de las ideas por medio de la palabra y de la imagen”,
Refiriéndose a las disposiciones relativas a la diversidad cultural y al ejercicio de los derechos culturales que figuran en los instrumentos internacionales promulgados por la UNESCO[1],
Reafirmando que la cultura debe ser considerada como el conjunto de los rasgos distintivos espirituales y materiales, intelectuales y afectivos que caracterizan a una sociedad o a un grupo social y que abarca, además de las artes y las letras, los modos de vida, las maneras de vivir juntos, los sistemas de valores, las tradiciones y las creencias[2],
Constatando que la cultura se encuentra en el centro de los debates contemporáneos sobre la identidad, la cohesión social y el desarrollo de una economía fundada en el saber,
Afirmando que el respeto de la diversidad de las culturas, la tolerancia, el diálogo y la cooperación, en un clima de confianza y de entendimiento mutuos, están entre los mejores garantes de la paz y la seguridad internacionales,
Aspirando a una mayor solidaridad fundada en el reconocimiento de la diversidad cultural, en la conciencia de la unidad del género humano y en el desarrollo de los intercambios culturales,
Considerando que el proceso de mundialización, facilitado por la rápida evolución de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación, pese a constituir un reto para la diversidad cultural crea las condiciones de un diálogo renovado entre las culturas y las civilizaciones,
Consciente del mandato específico que se ha dado a la UNESCO, en el seno del sistema de las Naciones Unidas, consistente en asegurar la preservación y la promoción de la fecunda diversidad de las culturas,
Proclama los principios siguientes y aprueba la presente Declaración:
IDENTIDAD, DIVERSIDAD
Y PLURALISMO
Artículo 1 – La diversidad cultural, patrimonio común de la humanidad
La cultura adquiere formas diversas a través del tiempo y del espacio. Esta diversidad se manifiesta en la originalidad y la pluralidad de las identidades que caracterizan los grupos y las sociedades que componen la humanidad. Fuente de intercambios, de innovación y de creatividad, la diversidad cultural es, para el género humano, tan necesaria como la diversidad biológica para los organismos vivos. En este sentido, constituye el patrimonio común de la humanidad y debe ser reconocida y consolidada en beneficio de las generaciones presentes y futuras.
Artículo 2 – De la diversidad cultural al pluralismo cultural
En nuestras sociedades cada vez más diversificadas, resulta indispensable garantizar una interacción armoniosa y una voluntad de convivir de personas y grupos con identidades culturales a un tiempo plurales, variadas y dinámicas. Las políticas que favorecen la inclusión y la participación de todos los ciudadanos garantizan la cohesión social, la vitalidad de la sociedad civil y la paz. Definido de esta manera, el pluralismo cultural constituye la respuesta política al hecho de la diversidad cultural. Inseparable de un contexto democrático, el pluralismo cultural es propicio a los intercambios culturales y al desarrollo de las capacidades creadoras que alimentan la vida pública.
Artículo 3 – La diversidad cultural, factor de desarrollo
La diversidad cultural amplía las posibilidades de elección que se brindan a todos; es una de las fuentes del desarrollo, entendido no solamente en términos de crecimiento económico, sino también como medio de acceso a una existencia intelectual, afectiva, moral y espiritual satisfactoria.
DIVERSIDAD CULTURAL Y DERECHOS HUMANOS
Artículo 4 – Los derechos humanos, garantes de la diversidad cultural
La defensa de la diversidad cultural es un imperativo ético, inseparable del respeto de la dignidad de la persona humana. Ella supone el compromiso de respetar los derechos humanos y las libertades fundamentales, en particular los derechos de las personas que pertenecen a minorías y los de los pueblos autóctonos. Nadie puede invocar la diversidad cultural para vulnerar los derechos humanos garantizados por el derecho internacional, ni para limitar su alcance.
Artículo 5 – Los derechos culturales, marco propicio de la diversidad cultural
Los derechos culturales son parte integrante de los derechos humanos, que son universales, indisociables e interdependientes. El desarrollo de una diversidad creativa exige la plena realización de los derechos culturales, tal como los define el Artículo 27 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y los Artículos 13 y 15 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Toda persona debe, así, poder expresarse, crear y difundir sus obras en la lengua que desee y en particular en su lengua materna; toda persona tiene derecho a una educación y una formación de calidad que respete plenamente su identidad cultural; toda persona debe poder participar en la vida cultural que elija y ejercer sus propias prácticas culturales, dentro de los límites que impone el respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales.
Artículo 6 – Hacia una diversidad cultural accesible a todos
Al tiempo que se garantiza la libre circulación de las ideas mediante la palabra y la imagen, hay que procurar que todas las culturas puedan expresarse y darse a conocer. La libertad de expresión, el pluralismo de los medios de comunicación, el multilingüismo, la igualdad de acceso a las expresiones artísticas, al saber científico y tecnológico -comprendida su forma electrónica- y la posibilidad, para todas
las culturas, de estar presentes en los medios de expresión y de difusión, son los garantes de la diversidad cultural
Ampliar en :http://www.unesco.org/culture/pluralism/diversity/html_sp/index_sp.shtml
5/20/2007
Poder y Control en el Ciberespacio
Veintisiete países de un total de 40, estudiados por un conjunto de universidades anglosajonas, ejercen la censura en internet al bloquear el acceso a informaciones políticas, religiosas o culturales, según un informe divulgado en Londres. "La censura en internet progresa en el mundo entero", constató John Palfrey, profesor de derecho en la universidad de Harvard."Aunque es de esperar cierta regulación a medida que evoluciona este medio, la filtración y la vigilancia pueden perjudicar gravemente las libertades civiles y la vida privada e impedir las comunicaciones mundiales", alertó el experto.Según Open Net Iniciative (ONI), una asociación entre las universidades británicas de Oxford y Cambridge, la estadounidense Harvard y la de Toronto (Canadá), varios gobiernos de Asia, Oriente Medio y Africa del Norte impiden a sus ciudadanos acceder a las informaciones juzgadas sensibles que atañen a la política, la cultura, la sexualidad o la religión."La forma en que se efectúa la censura se va sofisticando a medida que se mejoran los instrumentos de internet", según el estudio, realizado durante 2006, entre millares de sitios pertenecientes a 120 proveedores.Actualmente, los gobiernos pueden bloquear no sólo las páginas web que abordan temas proscriptos, sino también aplicaciones enteras como YouTube, Skype o Google maps.Entre los 26 países donde se aplica la censura, algunos, como Irán, China o Arabia Saudita, prohíben un amplio abanico de asuntos, mientras que otros sólo impiden el acceso a un único asunto, como Corea del Sur, que prohíbe los sitios a favor de Corea del Norte.
Seis países practican sobre todo la censura política: Birmania, China, Irán, Siria, Túnez y Vietnam. Los contenidos sociales están restringidos en Arabia Saudita, Irán, Túnez y Yemen, mientras que los sitios de disidentes y extremistas están prohibidos en Birmania, China, Irán, Pakistán y Corea del Sur.En cambio, los expertos no detectaron ningún tipo de censura en el resto de los 14 países estudiados, pese a que en un principio temían hallar algún tipo de restricción como en Afganistán, Egipto, Irak, Israel, Rusia o Venezuela.
Publicado en el diario EL DÏA LA PLATA
http://www.eldia.com.ar/edis/20070520/informaciongeneral36.htm
5/19/2007
Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Información ( CMSI)
Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Declaración Universal de los Derechos humanos
Adoptada y proclamada por la Resolución de la Asamblea General 217 A (iii) del 10 de diciembre de 1948 |
El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y proclamó la Declaración Universal de Derechos Humanos, cuyo texto completo figura en las páginas siguientes. Tras este acto histórico, la Asamblea pidió a todos los Países Miembros que publicaran el texto de la Declaración y dispusieran que fuera "distribuido, expuesto, leído y comentado en las escuelas y otros establecimientos de enseñanza, sin distinción fundada en la condición política de los países o de los territorios".
Preámbulo
Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias;
Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión;
Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones;
Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad;
Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, y
Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso;
La Asamblea General
proclama la presente
Declaración Universal de Derechos Humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.
Artículo 1
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
Artículo 2
1. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.2. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.
Artículo 3
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.Leer versión completa en :
http://www.un.org/spanish/aboutun/hrights.htm
Declaración de Quito sobre el rol de las Universidades en la Sociedad del Conocimiento
DECLARACION DE QUITO SOBRE EL ROL DE LAS UNIVERSIDADES EN
Los participantes en el Seminario sobre Universidades Virtuales en América Latina y el Caribe, realizado en Quito, Ecuador, los días 13 y 14 de Febrero de 2003, convocados por UNESCO (ORCILAC y IESALC), UNIVERSIA y el Gobierno del Ecuador,...
sugieren :
1. En concordancia con la CMES para coadyuvar al impulso y consolidación de la
2. Socialización de la tecnología aplicada a la educación a efectos de reducir costos que permitan trasladar esos beneficios al estudiante como sujeto activo del proceso educativo.
3. Reafirmar que la educación superior es única con matices, metodologías e instrumentos diversos, y que los criterios y estándares de acreditación deben ser comunes más allá de las especificidad de la presencialidad hoy de la virtualidad...
6. Difundir esta declaración dentro de las actividades preparatorias de la Cumbre Mundial de la Sociedad de la Información y del seguimiento de la Conferencia Mundial de la Educación Superior, con el compromiso de promover en nuestros respectivos países e instituciones de educación superior, como en las organizaciones en las cuales trabajamos, el apoyo a su organización, seguimiento y a la difusión de las conclusiones dentro de los cuerpos académicos.
7. En Quito, 14 de Febrero de 2003.
Leer dicha Declaración completa en :
http://tecnologiaedu.us.es/bibliovir/pdf/quito.pdf
3/11/2007
El Universal. Ciberespacio y delincuencia
CRISTINA PÉREZ-STADELMANN
El Universal Domingo 11 de marzo de 2007
Según informes de la Policía los sitios informáticos ha sido utilizados por organizaciones de pederastas y bandas mundiales que utilizan internet como arma de promoción y reclutamiento. Lo preocupante es que los adolescentes son los mayores usuarios de la red y los más vulnerables
Aunque casi no se mencione, los menores son los más susceptibles de sufrir algún tipo de crimen por medio de una computadora, pues son quienes están más familiarizados con las nuevas tecnologías, coinciden expertos en el tema.
De acuerdo con informes de la Unidad de Policía Cibernética de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) federal, la red ha sido utilizada no sólo por organizaciones criminales de pedófilos que promueven y transmiten pornografía infantil; sino también por bandas internacionales de prostitución, que utilizan sistemas informáticos como medio de promoción y sobre todo de reclutamiento.
Tal es el caso del joven estadounidense Justin Berry, prostituido de los 13 a los 18 años de edad, a través de una cámara web desde la computadora de su habitación, hasta que un reportero de The New York Times, Kurt Eichenwald, lo contactó -sin que Justin lo sospechara- y así publicó su historia.
El diario lo convenció para que dejara el negocio y contribuyera a proteger a otros jóvenes en peligro, por lo cual lo puso en contacto con el Departamento de Justicia estadounidense y se obtuvo los nombres y los datos de las tarjetas de crédito de los clientes que pagaron a Justin para que actuase ante la cámara web, analizando así los antecedentes de 300 pederastas.
Un estudio sobre Hábitos de los Usuarios de Internet en México 2006, elaborado por la Asociación Mexicana de Internet (AMIPCI), da a conocer que son los adolescentes y jóvenes de entre 12 y 24 años quienes más navegan por internet y representan 59% del total de usuarios de nivel socioeconómico alto y medio alto, con un incremento de 3 millones de usuarios en relación al año pasado.
El estudio de AMIPCI también reporta que 58% de los cibernautas mexicanos son hombres, mientras que 42%, mujeres. Cifras del Instituto Nacional de Geografía e Informática (INEGI) revelan que la red es utilizada en 61% para la obtención de cualquier tipo de información, seguido de actividades de comunicación como el correo electrónico. La Secretaría de Seguridad Pública (SSP), a través de la División de Policía Cibernética ha detectado 397 comunidades o sitios web con pornografía infantil, de las cuales 197 son mexicanas. Esta corporación también tiene conocimiento de la existencia de 4 millones de sitios web que explotan la pornografía, 60% de ellos son lucrativos, es decir, el sitio exige el pago del "servicio" por medio de la tarjeta de crédito del usuario; y 40% son intercambios de fotos y videos persona a persona.
Según la Policía Cibernética, la innovación tecnológica ha creado nuevos retos para la seguridad y la privacidad, pues los medios de comunicación actuales se han convertido en un riesgo y una oportunidad.
De modo que, según una iniciativa de ley propuesta el 22 de marzo de 2000 ante el pleno de la Cámara de Senadores de la 50 Legislatura, están considerados como delitos informáticos "todas aquellas conductas ilícitas susceptibles de ser sancionadas por el derecho penal, que hacen referencia al uso indebido de cualquier medio informático".
Delitos cibernéticos
"El anonimato de los cibernautas y la velocidad de la información han transformado a la red en el paraíso de la pedofilia", comenta el sociólogo Erick Gómez Tagle, investigador asociado de la Red de Investigadores Latinoamericanos por la Democracia y la Paz, y miembro de la Coordinación Nacional para Prevenir, Atender y Erradicar la Explotación Sexual Comercial Infantil.
Afirma que actualmente internet se ha convertido en uno de los medios de comunicación e información más utilizado, sobre todo por jóvenes, quienes están más familiarizados con las nuevas tecnologías.
"Entre otras cosas, otorga indiscriminadamente a toda persona que tenga acceso a una computadora conectada a la red, la posibilidad de visitar sitios de información de toda clase de temas, entre los cuales encontramos una muy amplia gama de páginas pornográficas. Esta situación ha provocado que exista mayor consumo de pornografía en todo el mundo, y que actualmente sus principales consumidores sean las personas más jóvenes, debido a la facilidad para ingresar a esos sitios, con el agravante de que la pornografía que se exhibe es cada vez más grotesca, agresiva y fuera de la realidad, debido a la competencia entre productores interesados en conseguir una mayor cantidad de visitantes, clientes y suscriptores", alerta.
Gómez Tagle señala que cuando la pornografía muestra la realidad distorsionada, a través de escenas en las que impera la pedofilia, la zoofilia, el sadismo o cualquier otro tipo de desviación o de contenido extremadamente fuerte, ésta puede dañar la sexualidad de las y los jóvenes de muchas maneras, ya que en el futuro es probable que caigan en conductas violentas con actos sádicos, pedófilos, masoquistas o asfixiofílicos.
Prostitución por correo
A su vez, para Teresa C. Ulloa Ziáurriz, directora regional de la Coalición contra el Tráfico de Mujeres y Niñas para América Latina y el Caribe, considera que la trata de mujeres y niñas con fines de explotación sexual se ha disparado en los últimos cinco años en 1000%; y responsabiliza directamente del incremento a los productores y vendedores de material pornográfico.
En este sentido, uno de los objetivos de la organización que dirige Ulloa, es llamar la atención del mundo contra la oferta y venta de novias por correo; lo cual, indica, forma parte de la explotación sexual y violencia contra las mujeres. Según sus investigaciones, México es un país de origen, tránsito y destino de la trata de personas, y los lugares más frecuentes del tráfico ilegal de mujeres y niñas mexicanas para la industria del sexo son España, Japón, Holanda, Alemania, y diversas ciudades de EU y Canadá.
"En México también existe trata interna, de las zonas rurales o de las provincias a las grandes regiones urbanas, fronterizas o centros turísticos", agrega Ulloa Ziáurriz en la obra Estado de derecho y trata de personas para la explotación sexual comercial.
Del mismo modo, Gómez Tagle agrega que en la llamada comunidad virtual (conjunto de personas que coinciden en tiempo y en espacio virtual en la red), que mantienen aspectos en común, como el lenguaje, intereses, gustos, etcétera, que a su vez conforman un núcleo social delimitado por un chat (espacio cibernauta donde se mantienen conversaciones de manera simultánea); las personas no usan su nombre propio para identificarse en los chats pornográficos, sino que hacen uso de un sobrenombre, lo cual propicia la despersonalización.
"En el espacio virtual, los usuarios no tienen rostro, ni nombre. Además pueden comunicar toda clase de fantasías, sin que exista la posibilidad de ser juzgado, (al menos no a la persona propiamente, sino al sobrenombre que está usando). El uso de un sobrenombre o nickname, y el no exponer la propia imagen corporal, facilita que una persona que es moralmente respetada por su núcleo familiar y laboral, se conduzca de manera recta dentro de esos ámbitos, y a su vez se desenvuelva en la comunidad virtual como un hombre o mujer diferente, flexibilizando radicalmente su moral, expresando, e incluso exagerando sus fantasías y haciendo acuerdos con sus pares de la comunidad para intercambiar pornografía", comenta.
En rigor, informes del Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), señalan que tan sólo en EU el negocio de la pornografía infantil genera una cifra anual de entre 2 mil y 3 mil millones de dólares. Como consecuencia del crecimiento descontrolado de este fenómeno también llamado ciber-crimen, (cuando se utilizan computadoras o cualquier medio informático como herramienta, medio o como un cómplice para realizar un delito); a decir de los expertos uno de los problemas más importantes para la persecución de estos delitos tiene que ver con la rapidez que ofrece la publicación electrónica para poner y quitar información de cualquier tipo y formato en web.
Crimen en el ciberespacio
Para los investigadores Octavio Islas y Fernando Gutiérrez, autores del libro Internet: el medio inteligente, la Policía Cibernética vigila la red mediante sistemas convencionales para rastreo. Por lo que hace a los delitos cometidos contra personas menores de edad, "su patrullaje se centra sobre hackers, sitios de internet, comunidades y chat rooms, en los que se promueve la pornografía y el turismo sexual infantil.
"La Policía Cibernética utiliza internet como instrumento para detectar delincuentes que organizan sus actividades en algún lugar del ciberespacio. Además se realizan análisis sobre actividades de organizaciones locales e internacionales de pedofilia así como de redes de prostitución infantil y redes de tráfico de menores que los explotan en otros países", aseguran.
En el caso de México, la actividad de la Policía Cibernética resulta delicada; pues, en cierta medida puede atentar contra las garantías individuales plasmadas en la Constitución mexicana..
"El gobierno mexicano, así como otros gobiernos del mundo, enfrentan actualmente el desafío de combatir enérgicamente el crimen en el ciberespacio, considerando aspectos de gran importancia como son la territorialidad, la privacidad de los ciudadanos, la seguridad nacional, el derecho a la información, la libertad de expresión, el desarrollo de nuevos mecanismos de seguridad, el adiestramiento constante de los órganos vigilantes, la legislación vigente y la colaboración de la iniciativa privada y la sociedad.
"Combatir el crimen del ciberespacio sin atentar contra las garantías individuales significativas de los ciudadanos es un gran reto para el gobierno", afirman.
En este sentido, la SSP indica que a un pedófilo, después de haber conocido a un menor en un chat de internet, le toma 15 días para poder tener relaciones sexuales con él o ella, utilizando palabras infantiles para que las y los niños las tecleen y entrar así a sitios pornográficos. Asimismo, la mayoría de los individuos que están afectados por el fenómeno de la pedofilia son de edad madura, y en su mayoría hombres;la estadística mundial refiere a los menores entre 7 y 13 años como las víctimas más vulnerables de abuso sexual.
Para el investigador Érick Gómez Tagle la pornografía en internet, puede ser, en principio, una forma ocasional de buscar placer sexual, a través de imágenes "normales" de sexo. "No quisiéramos afirmar, en ningún momento que la pornografía que muestra escenas pedofílicas, es la culpable de la pedofilia; pero el uso continuo de un estímulo como éste, puede llevar al sujeto al desvanecimiento de la culpa, y a considerar la pedofilia como un acto común, lo cual podría conducirlo a buscar placer en una actividad que supone la violación de una prohibición mayor".
Material distribuido con fines informativos y preventivos para los niños y adolescentes, citando la fuente. © EL UNIVERSAL
2/24/2007
El arte de archivar y el mundo digital
Ian Youngs BBC News
Las bibliotecas han advertido que el aumento de la publicación digital hará más difícil o imposible el acceso a documentos para archivar en el futuro.
Muchas editoriales establecen restricciones sobre el uso de sus publicaciones digitales por medio de los Derechos Digitales (DRM en inglés).
La Biblioteca Británica expresó en un comunicado que tales controles pueden trabar usos legítimos en el futuro.
Y crecen los temores de que los trabajos restringidos no puedan ser utilizados por nuevas generaciones si no se pueden desbloquear.
La Biblioteca Británica gasta US$3,5 millones de su presupuesto anual para adquisiciones -US$28 millones- en material digital, en su mayoría libros de referencia y revistas.
Casi todo digital
Para el año 2020, el 90% del nuevo material publicado estará disponible en formato digital de acuerdo a proyecciones de la Biblioteca Británica.
Hemos tratado de mantener el balance entre el interés público y el respeto a los derechos de autor Clive Field, director de Becas y Colecciones en la Biblioteca Británica
Las bibliotecas tienen permiso para brindar acceso, copiar y distribuir artículos por medio de acuerdos como el de "transacción justa" y el "privilegio de biblioteca", cláusulas existentes en las leyes de derecho de autor.
Pero a medida que las editoriales intentan combatir la copia ilegal y la piratería, dichos privilegios pueden desaparecer.
"Hemos tratado de mantener el balance entre el interés público y el respeto a los derechos de autor", explicó Clive Field, director de Becas y Colecciones en la Biblioteca Británica.
"Nos preocupa que la tecnología esté, sin proponérselo, alterando ese balance", reconoció.
La Alianza de Bibliotecas y Archivos (LACA en inglés) dijo que existe "amplia preocupación en la comunidad de archivo e información" por los potenciales efectos dañinos de los derechos digitales.
En el largo plazo, las restricciones no expirarán cuando terminen los derechos de autor y puede llegar a ser imposible rastrear a quienes las detenten.
Según LACA es un tema delicado para las bibliotecas, "puede ser probable que no exista una llave para destrabar los DRM".
Según Clive Field, mantener los privilegios de las bibliotecas en el futuro será uno de los grandes desafíos en el mundo de los archivos.
Nota de BBCMundo.com:http://news.bbc.co.uk/go/pr/fr/-/hi/spanish/science/newsid_4679000/4679964.stmPublicada: 2006/02/04 00:35:38 GMT© BBC MMVII.
Espero sus comentarios.
Luis
Retomamos las actividades
Con muchas ganas de generar comentarios, trabajos y reiterando la invitación para que ustedes participen activamente del mismo.
Un cordial saludo,
Luis